ESTE 25 DE MAYO Y UNA FRASE QUE NO ES JODA

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En este momento histórico que, derivado de una inesperada decisión electoral y complejo entendimiento, vive nuestro país, no podemos dejar de enfocar la mirada sobre los sucesos verdaderamente importantes que surgen ante nuestras miradas y nos motivan conductas que, descartando la omisión negligente, nos posicionan en roles activos como protagonistas de esta cotidianeidad existente. Que como dice el título, no es joda.

IMPERIOS Y COLONIAS.

Repasemos: en términos sencillos se entiende como soberano a todo Estado facultado para tomar por sí mismo sus propias decisiones, sin estar supeditado a ningún otro poder que lo subordine por coloniaje o dependencia.

En termino formales Argentina es un país independiente con un Estado soberano. Solo en términos formales.

Claro que no somos un país controlado por un ejército de ocupación.

Tampoco somos parte integral de un territorio gobernado por un Estado extranjero, con la salvedad de la ocupación pirata de nuestras entrañables Malvinas.

Claro que no.

En la Argentina se desarrolla una fase particular de la dependencia: somos un país colonizado corporativamente por lo que llamamos Poder Económico y sus históricos socios extranjeros.

Nadie se debería sorprender por este modelo de coloniaje auspiciado por intereses económicos locales y foráneos, y ejecutado por actores políticos convertidos en verdaderos agentes extranjeros o corporativos. Esto se encuentra presente desde nuestro nacimiento como Nación.

La historia lo corrobora. Leamos esto

El 19 de julio de 1816, en sesión secreta, el diputado por Bs As, Pedro Medrano hizo aprobar una modificación a la fórmula del juramento, con la intención de bloquear algunas opciones que se contemplaban en aquel momento por las que se pasaría a depender de alguna otra potencia distinta de España. Donde decía «independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli»», se añadió: «y toda otra dominación extranjera”. (Felipe Pigna)

Sin olvidar esto otro:

«Aspiramos a una liberación absoluta de todo colonialismo económico, que rescate al país de la dependencia de las finanzas foráneas” (Juan Perón, 9/07/1947)

En lo descripto por Pigna, la opción contemplada se refería a la Corona Británica y/o portuguesa y era sostenida por los grupos económicos cuyos intereses estaban asociados, desde el contrabando colonial, a intereses extranjeros. Perón en su discurso anunciando la independencia económica, (cero deuda externa) se refería a la subordinación económica a la Corona Británica, profundizada durante la «década infame» y cuyo ejemplo mas desembozado fue el Pacto Roca – Runciman.

Como se ve, nada nuevo bajo el sol. Colonización, intereses económicos locales, intereses económicos foráneos, actores políticos.

Abro paréntesis

 [Cuando digo nada nuevo bajo el sol, no puedo dejar de mencionar que a 199 años de la iniciativa de Medrano para romper con las “opciones que se contemplaban” desde los sectores del contrabando, tuvimos un presidente contrabandista y que hoy la corona británica esta reemplazada por EE. UU. e Israel]

Cierro paréntesis.

LOS ACTORES DEL NUEVO ESTATUTO DEL COLONIALISMO.

Primero identifiquemos a nuestros colonizadores: Asociación Empresaria Argentina (A.E.A), Consejo Agroindustrial Argentino (CAA), Sociedad Rural Argentina (SRA) y la Cámara de Comercio Argentino-Norteamericana (Amcham).

Esas organizaciones son las representativas de las corporaciones económicas, nativas y extranjeras, muchas de ellas financiadas con aportes accionarios de los Fondos de Inversión internacionales, que conforman el Poder Económico. Son ellos los únicos beneficiarios del Nuevo Estatuto del Colonialismo. Es la moderna oligarquía diversificada.

Ahora hagamos lo mismo con quienes, ya asumidos como terminal política de los colonizadores, han conformado un nuevo bloque de gobierno: LLA, PRO, UCR, Hacemos, Innovación, Creo, Producción y Trabajo, B.A Libre, Independencia, Coalición Cívica y Unión Mendocina.

No tengo ninguna duda que estos espacios políticos se asumen como los constructores de la estructura jurídica que, modelada por el Poder Económico, “hundirá a las mayorías populares en un mundo donde abunden las carencias y falten los derechos, que las dejará indefensas por el uso del Código Penal como disciplinamiento de sus dirigencias representativas y cuyos actos de rebeldía serán reprimidos sin clemencia”.

Bien, ahora vayamos al punto central de esta entrada.

EL NUEVO ESTATUTO DEL COLONIALISMO

EL DNU: El gobierno de los hermanos Milei pone en marcha la primera etapa del coloniaje con el DNU 70/2023. Con ese mamarracho inconstitucional se liberan los precios de toda la economía argentina, con la única excepción de los salarios. Se produce un ajuste bestial sobre el presupuesto nacional, cuyas víctimas principales son las jubilaciones, la ayuda social, las universidades y la obra pública.

Este DNU que, aun mutilado por la justicia permanece vigente hoy en día por la oprobiosa decisión del nuevo bloque de gobierno, permite hundir el consumo popular, debido la extraordinaria transferencia desde los salarios y las jubilaciones hacia las cajas empresariales de las corporaciones, y comenzar a desarticular organismos estatales y normas jurídicas, para así evitar que el Estado imponga limites económicos, financieros, ambientalistas y laborales al Poder Económico.

LA LEY: Pero la cereza del postre es la pomposamente denominada “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.

Esta ley contiene los mismos principios que el DNU pero en una fase superior. Y además despejaría las incertidumbres de sus beneficiarios sobre las vigencias de un DNU, que como sabemos queda siempre a tiro de otro DNU.

Ya conocemos el naufragio que sufrió la primera intentona de la ley Bases, naufragio que motivo el lloriqueo público de uno de los agentes cordobeses del Poder Económico, Rodrigo de Loredo.

Pero ahora, ya integrados los farsesco “opositores” que ocasionaron aquel naufragio al nuevo bloque de gobierno vuelven con la mini “ley ómnibus”.

Abro paréntesis

[Pregunto: ¿A este nuevo bloque de gobierno ya lo podemos llamar “movimiento mileimacrisperonradicalismo”?

Cierro paréntesis.    

En la ley, donde al igual que en el DNU, todo, absolutamente todo, está pensado y orquestado para favorecer al Poder Económico, encontramos el corazón y la esencia del colonialismo en el Titulo VI (Energía) y el Titulo VIII (Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones – RIGI).

Allí se encuentra el verdadero núcleo del Nuevo Estatuto del Colonialismo.

Pero antes repasemos y activemos la memoria para dejar de creer que todo es casual.

La generala Richardson, Jefa del Comando Sur, declaraba a inicios de 2023, en una reunión del Atlantic Council (think tank yanqui enfocado en el atlantismo) y refiriéndose a los recursos naturales de Argentina y demás países latinoamericanos, que “…esta región importa, tiene mucho que ver con la seguridad nacional (de EE.UU) y tenemos que intensificar nuestro juego”

El 22 de abril de este año, en su discurso por cadena nacional, el presidente Milei declaraba que el crecimiento económico “… vendrá determinada por la combinación de sectores que se expanden por la corrección de precios relativos, como son la minería, el petróleo, el gas y el campo”

Dicho esto veamos el contenido esencial de la ley.

El Título VI desregula toda explotación, procesamiento, transporte, almacenaje, industrialización y comercialización de hidrocarburos, líquidos y gaseosos, agregando como principio de la política hidrocarburífera de la República Argentina “maximizar la renta obtenida de la explotación de los recursos”

Y con el Titulo VIII, en nado sincronizado con el título anterior y con el blanqueo de capitales contenido en la ley de reforma fiscal, se crean incentivos a las grandes inversiones, 200 millones de dólares como mínimo.

Esos incentivos contienen beneficios exorbitantes en materia impositiva, cambiaria y aduanera, a saber:

Se les disminuye el impuesto a las ganancias de 35% a 25% para las corporaciones inversionistas y para dividendos, utilidades y remesas bajaran del 13% al 7%, y luego del séptimo año al 3,5%.

Quedan exentos de IVA, Ingresos Brutos, Tasa Estadística, Impuesto PAIS y Derechos de Importación. Este último rige para todos los equipamiento e insumos necesarios para el desarrollo de su actividad.

El impuesto a los débitos y créditos se computarán a cuenta de Ganancias.  

Se les disminuye el periodo de amortización de las inversiones a 2 años.

Quedan exentos a partir del tercer año de pagar Derechos de Exportación.

Las divisas generadas por la exportación de lo producido serán, a partir del tercer año, de libre disponibilidad, sin la obligación de su ingreso por el BCRA. Tampoco serán obligadas a liquidarse por el mercado oficial de divisas, lo ingresado como aporte de capital, prestamos o servicios.

El acceso sin ninguna restricción por parte del BCRA a las divisas necesarias para el pago de utilidades, dividendos e intereses.

Ahora veamos que se busca con estos incentivos.

OBJETIVOS DE LOS TITULOS VI Y VIII.

Empecemos por esto: ¿no necesitamos inversiones? Claro que sí.

¿No es importante otorgar incentivos a nuevas inversiones? Claro que sí.

¿Y entonces? Recordemos una regla básica del empresariado, grande, mediano o chico: invierte capital para producir los bienes o servicios que son demandados para el consumo global privado y público. Si el ajuste brutal de los ingresos populares y del presupuesto nacional han desbarrancado el consumo privado y público. Si además la producción fabril tiene el 47% de capacidad productiva parada por la misma causa.

¿Adonde van a dirigirse esas inversiones con la certeza de que lo producido será demandados por el consumo?

¿Ya lo saben? Los ayudo: si no hay demanda en el mercado interno del país para justificar una inversión multimillonaria en dólares, la demanda tiene que estar en el extranjero.

¿Y que tiene Argentina con asegurada demanda extranjera? Claro que sí!!! Lo que dijo la generala Richardson y reafirmó el presidente Milei como modelo de crecimiento económico: minería, petróleo, gas y campo.

Justo paso Mendieta y me dijo “Debe ser casualidad, debe ser, don Eduardo”

Pero sigamos, porque siguen taladrando con que el país necesita inversiones.

La mínima sapiencia sobre la ciencia económica indica que para que un Estado tenga políticas de incentivos a las inversiones, teniendo como objetivo el crecimiento económico y el bienestar general, estas inversiones deben tener, como mínimo estas 5 características (no son exhaustivas, puede haber otras): generación de empleo – generación de recursos fiscales – generación de divisas – lograr transferencias tecnológicas – desarrollar proveedores locales.

Nada, pero nada de esto se contempla.

Los emprendimientos agropecuarios, hidrocarburíferos y mineros, en su conjunto, no superan desde hace 15 años los 400.000 empleos. Con las exenciones impositivas no generan recursos fiscales, con la libre disponibilidad no ingresan las divisas al país, no hay ninguna obligación de transferencias tecnológicas y al estar liberados de importar todo, pero todo, lo necesario para la inversión y la producción, no habrá desarrollo de industrias locales ligadas al proyecto.

Entonces, si no habrá empleo, ni recursos fiscales, ni divisas, ni transferencia tecnológica, ni desarrollo de recursos locales, que es lo que el pais necesita, preguntémonos ¿para quienes y para que sirve esta ley? Bueno, creo que en esto no hace falta que los ayude. Y si hay alguna duda, les pido que sigan leyendo, porque …

… ESTO NO ES TODO. TODAVIA HAY MÁS.

Primero, » …la estabilidad tributaria, aduanera y cambiaria prevista en el presente, junto con la estabilidad regulatoria tendrá vigencia durante los treinta (30) años siguientes»

Segundo, las inversiones «… gozarán en lo que respecta a sus proyectos, de estabilidad normativa en materia tributaria, aduanera y cambiaria, consistente en que los incentivos otorgados no podrán ser afectados ni por la derogación de la presente Ley ni por la creación de normativa tributaria, aduanera o cambiaria respectivamente más gravosa o restrictiva que las que se encuentran contempladas en el RIGI».

Tercero, «Sin perjuicio del ejercicio legítimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o vía de hecho, nacional o local, por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia federal deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación».

Cuarto, se garantiza «la plena disponibilidad sobre los productos resultantes del proyecto, sin obligación de comercialización en el mercado local. La exportación de de productos provenientes de los proyectos de inversión no estarán sujeto a ninguna traba o restricción a la exportación».

Y para rematar, toda controversia que deriven de la aplicación de lo expuesto en los Títulos VI y VIII, será sometido a arbitraje que, de conformidad a la elección del inversionista, se podrá llevar a cabo en la CPA o el CIADI, dos órganos arbitrales de probada comunión con las corporaciones. Para dar un detalle, los arbitrajes del CIADI son en un 82% favorables a las corporaciones.

Pasando en limpio: por 30 años extraen nuestras riquezas naturales, se las llevan, no dejan un mango, les damos los dólares que necesiten, las divisas que ganen se las quedan afuera del país, y si tienen algún problemita porque algún gobierno quiere tocar algo, van a la CPA o al CIADI, arbitrajes mas entongados que William Boo, el réferi de Titanes en el Ring.

CONCLUSION

Hans W. Singer fue un economista alemán, estudiosos de los términos de intercambio, es decir de la relacion existente entre los precios de las exportaciones de un pais y los precios de sus importaciones. Si le preguntáramos a don Hans su opinión sobre el contenido de los Títulos VI y VIII de la ley Bases, nos contestaria: «Se denomina economía de enclave a un modelo económico donde, en un mercado globalizado se localizan actividades productivas en países en desarrollo destinadas a la exportación y sin integrarse en el mercado local. El término ha sido ampliamente usado para describir relaciones postcoloniales de dependencia en países en desarrollo, especialmente en América Latina». («La distribución de ganancias entre Paises inversores y prestatarios»-1950). Gracias don Hans, después de lo suyo es innecesario agregar nada.

Entonces repasemos: La generala, el presidente, , la minería, el petróleo, el gas, el campo, la ley Bases, las corporaciones y sus agentes políticos, el modelo de enclave.

Nada es casual.

El colonialismo corporativo esta en marcha y la expresión La Patria No Se Vende es una frase que no es joda.

Porque “Cuando la Patria está en peligro todo está permitido, excepto no defenderla” (José de San Martín)

Y ahora a la Patria hay que defenderla logrando que el Senado rechace el Nuevo Estatuto del Coloniaje que es la ley Bases.

Amen.


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