CON MAS AYERES QUE MAÑANAS… y siempre saqueados.

Compartir

Terminaba mi anterior entrada haciendo referencia al DNU 274/24 y al grave daño social que ocasiona su vigencia. Y cuando digo «grave daño social» es porque este DNU no impacta solo sobre quienes en la actualidad hemos accedido a una jubilación. No señor, no se equivoquen, solo es cuestión de tiempo!!! Los jubilados y jubiladas actuales son solo las primeras victimas de este ajuste brutal, pero luego se extenderá año tras año a nuevos damnificados: los trabajadores y trabajadoras que, hoy en actividad, se irán incorporando a esta clase, destinataria histórica del saqueo premeditado. Por lo tanto puedo afirmar que esta entrada no esta solo destinada a quienes ya son parte de la llamada clase pasivas, sino también a los futuros incorporados.

Antes de expresar mis opiniones sobre el tema voy a recurrir al aporte de un amigo, Henri Negroni, que desde la internet oscura que frecuenta se entretiene con el llamado «Rincón de los Refutadores de Giladas».

Veamos que relación hace Henri con las jubilaciones y las giladas.

Las jubilaciones en el Rincón del Refutador de Giladas

«Nuestros Propagadores de Giladas hace años que pontifican que las jubilaciones “son el mayor gasto” del estado nacional de Saqueoland y que hay que reformar el sistema jubilatorio porque está en crisis.
Esta definición es asumida dócilmente por nuestra congregación de Almas Sensibles a las Giladas.
Entonces, convencidas de que las jubilaciones son un gasto, aceptan dócilmente que hay que ajustar las jubilaciones porque hay que disminuir el gasto.
Pero siempre aparece uno de los Refutadores de Giladas, en su intento, muchas veces inútil, de avivar giles.
Esto nos decía Anastasio G. Eronte que, por ser un miembro de la casta de los jubilados, se ha convertido en un gran Refutador de Giladas.
“Vio don Henri, nos hacen creer que las jubilaciones son un gasto pero yo digo que son el pago, mal pago, de una deuda. Si, si, una deuda. Como la que tenemos con FMI o con cualquiera de los que nos prestan dólares. ¿O no sabe que todos los trabajadores en blanco le prestan plata al Estado todos los meses? ¿No me cree? Le explico.
Los que laburamos por derecha todos los meses le damos al Estado un 21,77% de nuestros sueldos brutos. Son los llamados aportes y contribuciones. ¿Lo sabía? Bueno, le sigo contando”.
“Esa parte del sueldo mensual que va al Estado en un año se hacen 2,83 sueldos. ¿Sabe multiplicar, no? Bueno, multiplique 0,2177 x 13. Esa plata le préstamos al Estado. ¿Y sabe qué? Le decimos: oiga don Estado, guárdeme esta plata, úsela en lo haga falta para capitalizarla y me la devuelve mensualmente cuando me jubile. ¿Entendió don Henri? Le prestamos todos los años 2,8 sueldos. Te lo repito: LE-PRES-TA-MOS. Entonces siga multiplicando 2,8 por la cantidad de años que laburo. Se va a caer de culo, se va a caer.”

Leido esto, ahora sigamos

Bien, este enfoque del Refutador de Giladas nos fija un tema de debate. ¿Es necesario que los trabajadores y trabajadoras en actividad financien a los trabajadores y trabajadoras en pasividad? Recurramos a las matemáticas.

Primero digamos que ese 21,77 % es el porcentaje destinado al sistema jubilatorio y esta relacionado al sueldo bruto de cada trabajador y trabajadora. Se compone del 11% de aporte y del 10.77% de contribución, mal llamada patronal. Luego es verdad que anualmente esos aportes y contribuciones suman el equivalente a 2, 83 sueldos brutos.

Siguiendo con lo expuesto por el estimado Anastasio G. Eronte, hagamos la cuenta que él no explicita y cuyo resultado haría que don Henri se caiga de culo. Convengamos que los años de aportes, promediando la diversidad de géneros, sea de 37,5 años. Entonces cada trabajador y trabajadora en relación de dependencia aporta 2,83 sueldo x 37,5 años. El resultado da 106,12 sueldos brutos. Si convertimos esta cifra por su equivalente en jubilaciones, conviniendo que la Tasa de Sustitución es de aproximadamente 65%, entonces otra cuenta sencilla nos dice que esos 106,12 salarios que cada trabajador y trabajadora puso en manos del Estado se transformarían en 163,26 jubilaciones. (La Tasa de Sustitución explica el valor de la jubilación respecto al último salario bruto percibido) . Esa cantidad de 163,26 haberes jubilatorios serviría para financiar los 12,5 años de haberes jubilatorios por laburante, ya que las expectativas de vida de hoy en Argentina es de 75 años, promediando entre género.

Ahora bien, nuestro colaborador, don Anastasio, hace una referencia a una deuda que proviene de un prestamo que desde el sector trabajador se le hace al Estado. Todo indica que es verdad, ya que cada trabajador y trabajadora formalizado le presta al Estado durante su vida laboral 106,12 salarios brutos para que, llegado el momento, se los devuelva como jubilaciones.

No quiero aburrirlos con mis cuentas, así les dejo esto para que las hagan ustedes.

Con valores conocidos a hoy, el aporte mensual promedio de las y los laburantes argentinos es de $ 134.757. Conviertan ese numero a dólares oficiales (para que la cuenta no tenga tantos ceros) y multipliquen por 10.347.000 (cantidad de trabajo registrado en el SIPA). Cuando tenga la cuenta hecha el resultado les mostrará el aporte contributivo que llega a la ANSES todos los meses. Y tengan puesto un almohadón en las nalgas.

CONSIDERACIONES QUE NOS DEBEN INVITAR A REFLEXIONAR.

Los aportes y contribuciones a los que hace referencia el Refutador y que corroboramos con nuestras cuentas, claramente esta destinados a la seguridad social. Esa es la asignación especifica de los aportes y contribuciones que son generados por el trabajo humano en relación de dependencia: la seguridad social. El «Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Publico Nacional» (6ª edición-año 2016) lo expone claramente en el Catálogo de Cuentas en el punto 13.0.0 Aportes y Contribuciones y en el detalle del punto 13.1.0 Aportes y Contribuciones a la seguridad social. Y dentro del área de la seguridad social se destinan al sistema previsional.

Todo lo expuesto en estas opiniones, y entiendo lo mismo para lo expuesto por el Refutador de Giladas, están referidas al sistema previsional contributivo, jubilaciones y pensiones que reciben quienes han cumplido los requisitos de edad y aportes de ley. La ANSES tiene otras 12 prestaciones economicas NO contributivas, es decir que no han surgido como contraprestación de algún aporte. Permítanme dejar este tema para el final, así no desviamos el entendimiento.

Esos aportes y contribuciones que los trabajadores y trabajadoras confían al Estado para garantizar los llamados salarios diferidos nos permiten visualizar con simples cuentas matemáticas que no sería necesario que para sostener las jubilaciones se requiera del aporte de los trabajadores y trabajadoras en actividad. Parece quedar claro que durante su vida laboral activa cada laburante genera el financiamiento de sus futuras jubilaciones.

Entonces, la evidencia matemática nos haría opinar que el Refutador de Giladas tiene razón. Las jubilaciones no son un gasto, son la devolución de una deuda. En todo caso el gasto fue cuando se patinaron esos aportes.

Fíjense en este dato, para ir formando una idea: cuando comienza la universalización del sistema previsional argentino, en la década del `50, había 2.328.000 aportantes y solo 188.000 beneficiarios. Sin ninguna duda, el sistema previsional comenzó generando excedentes que no supieron administrarse.

¿Qué pasó entonces? Eso debería ser explicada por esa dirigencia política profesionalizada. Pero, claro, si no nos pueden explicar la utilización de la deuda que se tomo en dólares hace 6 años, que nos van a explicar lo que hicieron con los fondos previsionales en los últimos 70 años. Entonces dejemos que lo explique Eduardo Basualdo en su LA EVOLUCIÓN DEL SISTEMA PREVISIONALARGENTINO- CIFRA: «Esos recursos fueron captados por el Estado y utilizados para financiar el gasto público y cubrir el déficit en otros sectores». Otros sectores entre los cuales se debe incluir la sangría que produce el pago de la deuda externa que comienza con la «Fusiladora» del `55.

Ahora fíjense esta contradicción. Es el sistema de las AFJP, escandaloso negocio concedido por Menem al sector financiero, el que tenga que ser utilizado para demostrar la certeza del razonamiento de nuestro Refutador de Giladas. Al ser nuevamente estatizadas las AFJP tenían inversiones que realizaban con el remanente de los aportes netos, luego de saquearles el 30% de comisión. Esas inversiones que constituyen el hoy llamado Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES, estaba constituido por la plata de esos aportes. O sea, para que se entienda bien: era la guita de las y los laburantes que las AFJP estaban obligadas a invertir, la misma guita que antes y después de las AFJP va al Estado. Y sin restarles el 30% de comisión.

El 30/06/2009 esas inversiones entraban al FGS con un valor de 26.650 millones de dólares (al dólar oficial de esa fecha). Hoy esa valor es de 52.388 millones de dólares (también el dólar oficial de hoy). Casi el doble de las reservas que hoy tiene el Banco Central

Abro paréntesis [Para entender porque los hermanos Milei junto al Toto de la Champions se lo quieren manducar con la ley Bases. Hay que garpar la deuda a los bonistas, al FMI y permitir que las 46 empresas amigas recuperen baratas las acciones en poder del FGS. Caputo ya lo hizo en el `16: vendió acciones a Pampa Energía en $10,80 y a los dos días ya valían $ 18. ]

Cierro paréntesis.

Lo único que debería haber hecho el Estado era invertir en el mercado de capitales y generar infraestructura publica, apalancando de esta forma el desarrollo económico, para así sostener el poder adquisitivo de esos aportes. Pero no lo hizo.

AHORA SI VAYAMOS AL DNU 274/24

Para descartar de cuajo cualquier argumentación falaz comencemos exponiendo en números la jubilación mínima en la siguiente tabla. Y como vamos a hablar de fórmula de movilidad jubilatoria, no se tomaran en cuenta ningún bono discrecional otorgado por el Poder Ejecutivo, ya que estos no dependen de la formula de movilidad. (Ya esta oficializado que en mayo el bono tendrá por tercera vez un valor de $ 70.000, ya licuados por el aumento de precios de marzo y abri)l.

PRESIDENCIAFECHACANASTA BASICA
TOTAL (CBT)
JUBILACION
MINIMA (JM)
% DE LA JM
SOBRE LA CB
T
CFKDIC/15$ 8.921$ 4.29948
MMDIC/19$ 38.960$ 14.06836
AFDIC/23$ 495.798$ 105.71321
JMMAR/24$ 773.385$ 134.44617

Desde diciembre de 2015 hasta marzo de este año la jubilación mínima ha perdido el 64 % de su poder adquisitivo respecto a la canasta básica total. Mientras en aquel entonces una jubilación mínima accedía a casi la mitad de la CBT, hoy ni siquiera llega a un quinto de esa canasta.

Aclaro: he tomado como referencia el valor de la CBT porque esta canasta es la que referencia la evolución de los precios y además porque en el discurso del macrimileismo se toma como verdad revelada que el ajuste por inflación es el mecanismo para dignificar los haberes jubilatorios.

Ustedes recordaran que durante el gobierno de Macri, y con la supuesta autoría de Pichetto, se transformo la formula de movilidad votada en el gobierno de CFK, por otra que se formulaba como resultante de la suma 70% IPC + 30% aumento de salarios.

Abro paréntesis [Cualquier persona con elemental conocimiento de ecuaciones y despeje de incógnitas hubiera entendido rápidamente: para que esa formula beneficie a las jubilaciones los salarios deberían ser superiores en por lo menos 1% al aumento del IPC. Si Pichetto pensó que con Macri los salarios reales iban a aumentar, nos estaba jodiendo]

Cierro paréntesis.

Hoy desde el gobierno de los hermanos Milei se aumenta la apuesta y se plantea directamente que los haberes jubilatorios se actualizaran por el IPC.

A esta dependencia directa de las jubilaciones con la variación del índice de precios se la plantea como la panacea para los trabajadores y trabajadoras en condición de pasivos. Eso es absolutamente falso. Ni siquiera esta forma de movilidad va a impedir que se siga perdiendo poder adquisitivo.

Abro paréntesis [En la transición de la formula derogada hacia el ajuste por IPC se aumentaron los haberes jubilatorios en un 27,4 % llevando la mínima de abril a $ 171.283. El valor de la CBT de abril recién la conoceremos a mediados de mayo, pero podríamos, con austeridad, calcular un aumento del 10%. Con una CBT valorizada en $ 850.723 la jubilación mínima de abril solo rozaría el 20% de esa canasta, quedando por abajo de la relación que tenia en diciembre pasado].

Cierro paréntesis.

Es probable que ustedes se estén preguntando ¿Cómo pueden ser perjudicadas las jubilaciones si van a aumentar lo mismo que los precios?

Partamos de una base indiscutible: los haberes previsionales ya están perjudicados. Para volver a los valores de diciembre de 2015, la jubilación mínima debería ser de $ 408.347. O sea que debería tener una recomposición del 137%. Entonces de recomponer el poder adquisitivo con el ajuste por inflación…ni hablar.

Ahora bien, dejemos de lado que el ajuste por IPC se hace con valores de dos meses de atraso, ya que el iNDEC publica la inflación de abril en mayo para que se ajusten los haberes de junio. También dejemos de lado que el valor de la CBT de un mes se difunde a mediados del mes siguiente. Definiendo esto, quito elementos de impacto negativos sobre la formula del DNU 274/24 asegurando que nadie tilde este posteo como exagerado o tendencioso.

Tomemos entonces como punto base para el análisis que pretendo realizar que en el mes de abril/24 la CBT tiene un valor (supuesto) de $ 850.723 y la jubilación mínima es de $ 171.283 (reales).

Bueno, dirán ustedes, por lo menos van a dejar de perder poder adquisitivo ya que si la CBT aumenta 10% las jubilaciones también aumentaran 10%.

Yo les reiterare entonces lo escrito mas arriba: Ni siquiera esta forma de movilidad va a impedir que se siga perdiendo poder adquisitivo. Es necesario despojarse de la ilusión que genera un valor porcentual y centrarse en el valor nominal que representa. Es muy sencillo.

Si los precios aumentaran un 10%, el valor de nuestra CBT tomada como punto base aumentaría $ 85.072. Y nuestra jubilación mínima del punto base también recibiría un aumento de 10%, o sea $ 17.128. Esa jubilación mínima se alejaría $ 67.944 del valor de la CBT. Para ser contundente en el análisis tomemos que pasaría en un país normal y supongamos entonces un aumento de precios del 1%. Entonces la CBT aumentaría su valor en $ 8..507, recibiendo el haber mínimo un aumento de $ 1.712. Y así sucesivamente, mes a mes, el 80% de los jubilados y jubiladas, los que hoy cobran un haber por debajo de la CBT, se hundirán un poco mas en la pobreza, sin piso detectable. ¿O el piso será el exterminio de la clase pasiva?

Abro paréntesis [Nobleza obliga, el ajuste por inflación tendrá como únicos beneficiarios a quienes tengan un haber igual o superior al valor económico de la CBT, lo que ocurre solo con el 20% de las jubilaciones].

Cierro paréntesis

Por eso es necesario derogar el decreto 274/24, para evitar que se transforme en la «solución final» de la previsión social.

¿Y ENTONCES QUE?

La fórmula de movilidad aplicada durante el gobierno de Cristina y retomada por el gobierno de Alberto (50% aumento de ingresos ANSES + 50% aumentos salarios) tuvo comportamientos altos y bajos en los periodos 2009/2017 y 2021/2023. Eso obedeció a los siguiente:

En primer lugar a que esa fórmula tiene un comportamiento pro-cíclico respecto a la economía del país. Se busca así sustentabilidad en la financiación del sistema previsional. Si la economía crece, al crecer el empleo y los salarios crece la movilidad. Inversamente cuando la economía decrece, con empleo y salarios a la baja, también baja la movilidad.

En segundo lugar, y aquí lo perjudicial de esa fórmula, descarta en su composición la evolución de los precios y su impacto sobre esa movilidad. Así cuando el aumento de precios supera al crecimiento económico o, lo que es muchísimo mas grave, cuando la caída económica convive con altos aumentos de precios, la movilidad de esa fórmula genera perdida de poder adquisitivo a los haberes previsionales.

Entonces lo que es necesario hacer es mantener la capacidad de recomposición de los haberes jubilatorios en función del crecimiento económico y proteger esa recomposición del impacto negativo de la inflación. Y esto no es tan difícil, solo se necesita un puñado de palabras.

Donde la ley actual, 27.609, define la movilidad jubilatoria, aplicando un índice surgido del 50% aumento recaudación ANSES + 50% aumento salario (Anexo I), debería agregarse o la variación del IPC para ese periodo, el que sea mayor.

No quiero creer que a nadie de la dirigencia política profesionalizada se le ocurra una cuestión tan sencilla. Claro que para eso, primero hay que despojarse de esa profesionalización adquirida con toda la sarasa neoliberal que les inculca el Poder Económico, y comenzar a dar soluciones de verdad a las necesidades populares, en este caso a quienes viven de un haber jubilatorio.

Ya dicho el porque hay que derogar el DNU 274/24, vayamos a lo adeudado de párrafos anteriores..

BENEFICIOS CONTRIBUTIVOS Y NO CONTRIBUTIVOS.

Ya dijimos mas arriba a que nos referimos cuando hablamos de jubilaciones y pensiones contributivas, Ya quedo la duda de la veracidad de la supuesta «solidaridad intergeneracional» expresada como que los trabajadores del presente financian con sus aportes los haberes del los trabajadores del pasado.

Abro paréntesis [Las moratorias establecidas para los laburantes sin la totalidad de aportes exigidos, son contributivas: sobre el haber mínimo que cobran se les descuenta mensualmente entre 10% y 30%, en función de los años de aportes faltantes]

Cierro paréntesis.

Ahora bien, los aportantes contributivos al sistema previsional cubren el 55 % del presupuesto de la ANSES. El otro 45 % son aportes del Tesoro Nacional, surgido de los ingresos tributarios. Ahora bien, la Seguridad Social en nuestro país se expande a prestaciones destinados a otras problemáticas sociales, que se relacionan con la protección de la niñez, del embarazo, de la vejez, de las discapacidades, del desempleo, entre otras.

Así 1.796.411 de pensiones no contributivas, 10.047.000 asignaciones familiares y 66.259 seguros de desempleos son prestaciones sociales solventadas por la ANSES. Y no puedo obviar el compromiso de la ANSES de financiar los déficit de las cajas previsionales provinciales

Esas prestaciones son las que se deben cubrir con aportes del Tesoro.

Y esta bien que así sea para paliar las necesidades de alimentación, salud y educación, ni siquiera voy a utilizar la palabra garantizar, de sectores sociales con derechos disminuidos o directamente cancelados Seguramente este será el «gasto» que atribuyen al sistema previsional, porque invertir en alimentar, sanar y educar es, para los Propagadores de Giladas, un gasto. Y seguramente el objetivo de licuar los haberes de las jubilaciones y pensiones contributivas será para que, ese aporte realizado durante toda la vida activa de cada laburante, se socialice y así disminuyan los aportes del Tesoro a la seguridad social. Pasando en limpio, la seguridad social en manos de los pobres para que, con la solidaridad entre pobres, los menos pobres transfieran recursos a los mas pobres. (Y entonces ¡aleluya!, ¡aleluya! con el superávit fiscal, la emisión cero y coso)

Una sociedad armonizada por un contrato social justo y equitativo no puede ser viable si se rechaza la intervención del Estado para remediar las privaciones que sufren quienes son saqueados por un modelo económico desde el fondo de la historia y se acepta el Estado desentendido sobre las conductas de los saqueadores, quienes han concentrado la riqueza del país en sus manos a través de monopolizar la formación de precios, evadir impuestos y fugar divisas.

Los caminos para recuperar la construcción de esa sociedad justa y equitativa, por mas largos que sean, siempre necesitan de un primer paso. Que ese primer paso, hoy sea devolver dignidad a todos los trabajadores y trabajadoras en estado de pasividad, derogando el DNU 274/24, recomponiendo fuertemente sus haberes y dándole a la movilidad sustentable la protección anti-inflacionaria.

Y no me olvido: el Fondo de Garantía de Sustentabilidad TAMPOCO SE TOCA.


Compartir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *